Con fecha 10 de diciembre de 2010 se ha publicado en el BOC nº 242, la Orden de 29 de noviembre de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán las subvenciones destinadas a actuaciones de energía solar térmica de baja temperatura.
La novedad de estas bases es que también van dirigidas a las Empresas de Servicios Energéticos.
Entre los objetivos que se persiguen con la línea de subvenciones que se aprueba con esta Orden destacan el de incentivar aquellos proyectos de energía solar térmica considerados como innovadores según el PER 2005-2010, las instalaciones a realilzar en edificios existentes que no estén afectados por lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación, incluir como potenciales beneficiarios de las subvenciones a las Empresas de Servicios Energéticos, y ampliar el tipo de instalaciones subvencionables, incluyendo aquellas cuya superficie de captación supere los 20m2.
Los beneficiarios de estas subvenciones podrán ser cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluidas las empresas de servicios energéticos, siempre y cuando la actuación se realice en Canarias, en los términos y condiciones establecidos en las bases. También podrán ser beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.
Las actuaciones subvencionables podrán ser aquellas consistentes en instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar térmica mediante las instalación de captadores solares térmicos para su uso en instalaciones de agua caliente sanitaria, apoyo a sistemas de climatización y calentamiento de fluidos en otros procesos. No serán subvencionables aquellas instalaciones destinadas a la generación de agaua caliente sanitaria y/o climatización de piscinas cubiertas que sean obligatorias en aplicación de los dispuesto en el Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
El plazo de entrega de solicitudes, así como los requisitos para la presentación de los proyectos serán los establecidos cuando se publique la convocatoria de la subvención.
Para tener la información completa de estas bases puede descargar el fichero que hay más abajo.
CONCEJALÍA DE DESARROLLO RURAL Y PESQUERO Y MEDIO AMBIENTE
TELÉFONO: 822 029 064 - Natalia Moreno