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Desalojo vecinos de Bajo La Cuesta
Bajo La Cuesta

El Ayuntamiento de Candelaria decretaba el pasado 26 de febrero el desalojo de Bajo La Cuesta debido a razones estrictamente de seguridad, amparándose en una serie de informes técnicos

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Competencias Municipales en materia de seguridad

Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local)

El Municipio ejercerá en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias:

Seguridad en lugares públicos.

Protección civil, prevención y extinción de incendios

Ley9/2007, de 13 de abril, del SistemaCanariode Seguridady Emergencias y de modificación de la Ley6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias

Artículo 2.Actuaciones de la Administración Las Administraciones públicas canarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, orientarán sus servicios al desarrollo de las siguientes actuaciones:

a)El estudio, análisis y evaluación de las situaciones de riesgo y conflicto que pudieran alterar los derechos, libertades y bienes de las personas, así como el patrimonio común.

b)La adopción de las medidas de prevención y protección necesarias para evitar o reducir la posibilidad de los daños o alteración de la seguridadpública.

c)La elaboración e implantación de programas de concienciación ciudadana en materia de seguridadpública.

d)La colaboración y coordinación, en el Sistemade Seguridady Emergencias de Canarias.

e)La captación de la participación ciudadana.

f)La transparencia y el suministro de información a los medios de comunicación en función de las necesidades del servicio y sin perjuicio del deber de secreto profesional y de la reserva que requiera la eficacia de las investigaciones.

 

Artículo 5.Deberes

1.Para la consecución de los fines de esta Leyy en los términos que la misma determina, los ciudadanos canariosestán obligados a observar una conducta cívica, a cumplir los deberes previstos en esta Leyy en el resto de la legislación vigente y a prestar la adecuada colaboración a tal fin a las Administraciones públicas con competencia en la materia.

2.Los ciudadanos tiene la obligación de colaborar, tanto personal como materialmente con las autoridades de protección civil. Esta colaboración puede concretarse en el cumplimiento de medidas de prevención y protección, en la realización de simulacros y en la intervención operativa en las situaciones de emergencia en las que se requiera

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Informes técnicos

29 de enero 2010 Dirección General de Costas

“Riesgo por desprendimientos en Bajo La Cuesta las Tablas, en el que se aconseja el cierre total del acceso a cualquier lugar sobre el que se hubiese producido caída de material por desprendimiento o se considere una probabilidad, aunque sea moderada, de caída de materiales”.

9 de febrero 2010 Dirección General de Costas

“Derrumbe en su totalidad de una casa- cueva por motivos de las últimas lluvias”

25 de febrero 2010 Oficina Técnica municipal

“ Se prohíba totalmente el paso a personas y vehículos en la Calle Manuel Oliva Martín y se proceda al desalojo de las personas que habitan en dichas viviendas, así como el corte de suministro de energía eléctrica de uso domiciliario, alumbrado público, telefonía y suministro de agua potable”.
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Decreto de Alcaldía
Ante estos informes desde Alcaldía del Ayuntamiento de Candelaria se emitió el 26 de febrero de 2010 un decreto de desalojo donde se indicaba lo siguiente: 1. Ordenar el desalojo cautelar de las viviendas situadas en la calle Manuel Oliva Martín (Zona Bajo Cuesta de las Tablas) 2. Notificar la presente resolución a los propietarios de las viviendas afectadas. 3. Comunicar la presente resolución a la Policía Local, de cara a su estricto cumplimiento. Asimismo, ordenar a los Servicios Sociales Municipales para que visiten todas y cada una de las viviendas para evaluar las necesidades de cada familia y se atiendan dentro de las posibilidades del Ayuntamiento. 4. Ofrecer, en todo caso, a aquellos propietarios que acrediten que no disponen de lugar donde alojarse, la posibilidad de hospedarse en alguno de los hoteles ubicados en el Municipio, asumiento el Ayuntamiento dicha estancia. Asimismo por parte de la concejalía de obras y servicios se ofrezcan medios suficientes, en caso necesario, para el traslado de las personas afectadas y sus pertenencias. 5. Mantener la presente orden en vigor hasta tanto los Servicios Técnicos aconsejen su levantamiento.
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Reunión Dirección General de Infraestructura viaria
2 de marzo de 2010 reunión con el Director General de Infraestructura Viaria, Francisco González, en la que se acuerda la realización de un Informe Técnico por parte de la Dirección General donde se evalúe el estado de la zona.
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