Composición Consejo Escolar
Formaran parte del Consejo Escolar de la Villa de Candelaria:
- Presidente/a.- que será la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento o Concejal/a en quien delegue.
- Vicepresidente/a.– que será nombrado por el/la Presidente/a a propuesta del Consejo Escolar Municipal.
- Secretario/a.- que será el de la Corporación Municipal o funcionario en quien delegue.
- Vocales.- serán vocales del Consejo Municipal de la Villa de Candelaria:
Los/as directores/as de cada uno de los Centros de Educación Primaria, Secundaria, Bachiller y Adultos o profesor/a en el que delegue.
Un padre o madre de cada uno de los Centros de Educación Primaria, Secundaria y Bachiller, propuestos por cada una de las AMPAS.
Dos alumnos/as por cada uno de los Centros de Educación Primaria y dos de Secundaria.
Un/a representante del alumnado del Aula de Educación de Personas Adultas.
Un/a representante del área de Familia y Menor de la Concejalía de Servicios Sociales.
Un/a representante de los Cuerpos de Seguridad del Estado.
El Concejal o Concejala de Educación del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Candelaria.
Un/a representante de cada una de las fuerzas políticas con representación en el Ayuntamiento.
Además, podrán asistir por expreso acuerdo del pleno del consejo, con voz, pero sin voto, aquellas personas que por su competencia técnica o responsabilidad en materia educativa puedan presentar informes.